REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO AGRARIO
DE LOS ESTADOS ARAGUA, CARABOBO Y COJEDES

San Carlos. 16 de mayo de 2006.
196° y 147°

Recibidas como han sido las presentes actuaciones, provenientes del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante oficio N° 467 de fecha 20 de Abril de 2006, contentivo de copias certificadas de la Apelación interpuesta por los profesionales del derecho CAROLINA MANUITT BOYER, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.274 y JULIO CESAR SALAS RODRIGUEZ, en su carácter de apoderados judiciales de la parte querellante, ciudadano JOSE ANTONIO ROCA GASIÓN, en la QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA POR DESPOJO A LA POSESION, contra la ciudadana MARIA JOSEFINA PÉREZ DE GORRÍN, en consecuencia este Tribunal le da entrada a las mismas. Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos y sígnesele el número de orden. Asimismo, observa esta Superioridad que desde el día en que el A-quo oyó la Apelación en fecha (02-08-2005), hasta el día que se recibió en este Despacho 11-05-2006, han transcurrido más de treinta (30) días calendario, es por lo que se acuerda la notificación de las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, concediéndose un lapso de diez (10) días de Despacho siguientes después de la constancia en actas de la última notificación, para la reanudación de la causa y una vez transcurrido el referido lapso, se fijará en el término que prevé el Artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.-
El Juez,


Abg. DOUGLAS GRANADILLO PEROZO.
La Secretaria,

Abg. MARIA CRISTINA CAMARGO R.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,

Abg. MARIA CRISTINA CAMARGO R.



EXP. N° 592-06.-
DGP/ndg.