REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTE.


SAN CARLOS, 09 DE MARZO DE 2.006.-
195º y 147°



En vista que la sanción de Semi-Libertad que cumple actualmente el sancionado: (IDENTIDAD QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65, PARÁGRAFO 2do. DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, culmina la sanción impuesta el día 06 de Abril del año en curso; por tanto, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: fijar Audiencia Especial Oral y Privada, a objeto de oír al sancionado en referencia y a la Directora del Centro Socio Educativo “Fray Pedro de Berjas”, a los fines de conocer sobre el comportamiento y desempeño en las distintas actividades encomendadas al adolescente, durante el cumplimiento de la sanción aludida, la cual, se efectuara el día MIERCOLES 15 DE MARZO DE 2.006, A LAS 10:00 a.m. Notifíquese a las partes y por cuanto el sancionado en cuestión actualmente se encuentra recluido en los Departamentos del Centro de Diagnóstico y Tratamiento “Fray Pedro de Berjas” de esta ciudad, expídase la respectiva Boleta de Traslado. Así se decide.-

EL JUEZ DE EJECUCIÓN:



GERMAN ALFREDO BREA ROJAS.-


LA SECRETARIA:


ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO.-



CAUSA N° 1E-140-05.-
GBR/Cg.-*