REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 13 DE MARZO DE 2.006
195° y 147°
Revisada como han sido las actuaciones que conforman la presente causa signada con el N° 1E-414-01, seguida contra el condenado CARRRILLO GARCIA ORLANDO JOSE, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, así mismo se observa oficio N° 8057-2005, emanado del Tribunal de Ejecución de Barquisimeto , en cual informa a este Tribunal que en fecha 28/07/2005 se libro Orden de captura en contra del mencionado condenado, en virtud de que el mismo se ausento del Centro de Pernocta sin Autorización, en fecha así mismo consta en la presente causa al folio 37 REVOCATORIA DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO otorgado en fecha 04-05-05, riela al folio 56, Boleta de Encarcelación , librada por el ABG. MANUEL PEREZ URBINA, Juez de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, en la cual sic “…en virtud de haberse decretándole PRIVACION judicial Preventiva de Libertad de conformidad con los artículo 250; 251, y 252 del Código Orgánico Procesal Penal…” En fecha 23 de Febrero de 2006, imponen al condenado de la Revocatoria del Beneficio del Destacamento. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA, Dejar sin efecto la orden de aprehensión librada al condenado CARRILLO GARCIA ORLANDO JOSE en fecha 28/07/2005, en virtud de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 23/02/2006. Así mismos se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Cirminalistica , a los fines de que sea desincorporado como solicitado del SIPOL Así se decide. Librese Oficio
LA JUEZ DE EJECUCION
ABG. ROMELIA COLLINS FERNANDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ELBA X. FAGUNDEZ H.
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado
(sctria)
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