REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES.-

San Carlos, 27 de Marzo de 2006
195° y 147°

Visto el escrito presentado para ante este Juzgado por la ciudadana NATALY FAVARA GONZÁLEZ, Defensora Pública Penal Tercera del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, quien con el carácter de Defensora del ciudadano JHONNY JOSÉ VILLEGAS, acusado en la Causa distinguida con el N° 2M-1468-06, por la presunta comisión de los delitos de ROBO SIMPLE; LESIONES PERSONALES en perjuicio del ciudadano JUAN SÁNCHEZ; PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del Orden Público; y, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO; ocurre ante Tribunal para exponer y solicitar, lo siguiente:

En fecha 08 de Febrero de 2006 se realizó Audiencia Preliminar, donde el Juzgado Primero de Control, Acordó al acusado de autos, la Medida Cautelar Menos Gravosa de Detención Domiciliaria, prevista en el artículo 256 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, la ciudadana Defensora Pública, propone a este Tribunal, la aplicación a favor de su defendido, la Medida de Presentación Periódica ante la autoridad que designe este Juzgado.

Así las cosas, estima quien Resuelve que, en este caso, primero, no han variado las razones que una vez sirvieron de motivo a la ciudadana Jueza de Control, para aplicar, en la oportunidad procesal correspondiente, al acusado de autos, la Medida de Detención Domiciliaria; pero además, no ha transcurrido, aún, el lapso de tres meses desde que aquélla fuere aplicada; a que hace referencia el artículo 264 ejusdem. Por tales razones, estima este Juzgador que lo procedente en este caso, es NEGAR, la solicitud DE CAMBIO DE MEDIDA CAUTELAR, formulada por de la Defensa Pública. Y así Declara y, se Resuelve Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley. NOTIFÍQUESE ESTA DECISIÓN A LA CIUDADANA DEFENSORA PÚBLICA PENAL. Y A LOS CIUDADANOS FISCALES III; Y, I DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO COJEDES. Cúmplase.

EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO.

ABG. MANUEL PÉREZ URBINA


EL SECRETARIO DE JUICIO,

ABG. NÉSTOR GUTIÉRREZ


Causa N° 2M-1468-06
Expedientes F- I- N° 35.852-03 F- III- N° 46.021-05