REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENENZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES

CAUSA N°: 3C-S-1012-06
JUEZ DE CONTROL: GERARDO JOSÉ TORREALBA PERAZA.
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: FRANCISCO JAVIER PIMENTEL
SOLICITANTE: JOHN HOWARD AZUAJE MORILLO
SECRETARIO DE CONTROL: LUIS ALFREDO RAMÍREZ PALAZZI
EXPEDIENTE FISCAL N° 50.788-06

En San Carlos, en el día de hoy LUNES VEINTISIETE (27) DE MARZO DE 2006, siendo las 03:00 horas de la tarde, se constituye este Juzgado en funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, a los fines de celebrar la AUDIENCIA ESPECIAL, en la presente causa referente a la solicitud realizada por el abogado FRANCISCO JAVIER PIMENTEL, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público en el cual pide a este Despacho se realice un careo entre los expertos en relación con las experticias realizadas por el funcionario (GN) RICHARD MORENO y el funcionario (CICPC) NELSÓN ABREU. Se inició dicho acto con las formalidades de Ley; verificándose la presencia de las partes, dejándose constancia de la comparecencia del Fiscal Tercero del Ministerio Público FRANCISCO JAVIER PIMENTEL, del funcionario (GN) RICHARD MORENO y del solicitante JOHN HOWARD AZUAJE; así como la incomparecencia del funcionario (CICPC) NELSÓN ABREÚ. En este estado, el Juez de Control concedió la palabra al ciudadano funcionario (GN) RICHARD MORENO, quien expuso al tribunal todo lo concerniente a su experticia realizada a los documentos presentados por la Fiscalía, explicando todo lo referente a las claves de seguridad y de llenado del documento, y el porque considera que el documento es original. Acto seguido, se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público FRANCISCO JAVIER PIMENTEL, quien expuso que en virtud de la exposición del experto de la guardia nacional Richard Moreno, en el cual explicó suficientemente a este despacho todo lo referente a su experticia sobre la autenticidad o falsedad de documentos, y sobre la conclusión a la que llegó de originalidad del documento de registro de vehículo y vista la incomparecencia del experto del CICPC Nelsón Abreu, solicito al tribunal que decida lo conducente en el presente caso. Es todo”. En este estado se le concede la palabra al solicitante JOHN AZUAJE, quien expuso que lo único que pide a este juzgado es que le entreguen su vehículo, que es el medio con el cual trabaja. Es todo. Seguidamente, el Tribunal oídas la exposición del experto, del Fiscal del Ministerio Público y la del solicitante, pasa a decidir en presencia de las partes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en los siguientes términos: PRIMERO: Por cuanto se evidencia de poder que riela a los folios 52 y 53, otorgado por el ciudadano RONALD ALBERTO BELLO BLANCO, el cual faculta al ciudadano John Howard Azuaje Morillo, titular de la cédula de identidad N° 13.514.489, para realizar todas las operaciones en cuanto al vehículo Marca Toyota; Modelo: Land Cruiser, Tipo: Techo Duro, Año: 1979; Color: Marrón, Serial del Motor 2F340849, Serial de Carrocería: FJ40916608, Placa: AMM-164, y según se evidencia de la experticia de autenticidad o falsedad de documento de fecha 24/02/2006, que riela a los folios 34 y 35, suscrita por el Distinguido (GN) RICHARD MORENO ESCALONA, adscrito al Comando Regional N° 2 del Destacamento N° 23 de la Guardia Nacional. SEGUNDO; Este Juzgado, en aras de preservar la posesión del vehículo antes mencionado y de dar la oportuna respuesta, una tutela judicial efectiva, tal como lo establece nuestra Constitución en el Artículo 26, este Juzgado Tercero en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA la entrega del supra identificado vehículo al ciudadano JOHN HOWARD AZUAJE MORILLO, plenamente identificado. ASÍ SE DECIDE. Líbrese oficio al estacionamiento León con sede en San Carlos, Estado Cojedes. Es todo, se leyó y conformes firman, siendo la 04:00 horas de la tarde.

EL JUEZ DE CONTROL N° 03
GERARDO JOSÉ TORREALBA PERAZA.

EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
FRANCISCO JAVIER PIMENTEL


EL EXPERTO DE LA GN
RICHARD MORENO ESCALONA

EL SOLICITANTE





EL SECRETARIO DE CONTROL
LUIS ALFREDO RAMÍREZ PALAZZI


CAUSA N° 3C-S-1012-06
EXPEDIENTE FISCAL N° 50.788-06