REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 31 de Marzo de 2006
195° y 147°


JUEZA: ABOG. IRAIMA ARTEAGA GOMEZ.
SECRETARIA: ABG. LISBETH JEANETH CASTRO MORENO.
FISCAL AUXILIAR PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABOG. MARIA A LEJANDRA VASQUEZ.
SOLICTANTE: TORRES RAMIREZ RAFAEL
CAUSA N° 2C-S-239-06
EXP. N° 45.092-05

En el día hoy Viernes (31) de Marzo de 2.006, siendo las 11:00 horas de la mañana, se constituye este Tribunal de Control N° 02, conformado por la Jueza de Control, ABG. IRAIMA ARTEAGA GOMEZ y la Secretaria de Control, ABG. LISBETH JEANETH CASTRO MORENO, a los fines de celebrar la AUDIENCIA ESPECIAL PARA DEBATIR LA SOLICITUD DEL VEHÍCULO, en la solicitud 2C-239-06, presentada por el ciudadano: TORRES RAMIREZ RAFAEL, Venezolano, de 40 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 11.114.229, Residenciado en Carrera 13 N° 13-34 Barrio La popita San Antonio Estado Táchira, Teléfonos: 0416/6762004; datos éstos verificados por el Tribunal. Se anunció dicho acto con las formalidades de Ley. Se procedió a verificar la presencia de las partes, se deja constancia de la comparecencia del solicitante el ciudadano: TORRES RAMIREZ RAFAEL, la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público ABG. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ. Seguidamente se concede el derecho de palabra a la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público ABG. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ, quien expone: “Vista la experticia realizada al vehículo por un organismo de investigación distinto a quien realizó el procedimiento, y la misma coincide con la realizada por el experto de la Guardia Nacional, es por lo que esta representación fiscal ratifica su opinión de no hacer la entrega del vehículo identificado en autos y objeto de la presente causa. Es todo.” A continuación se concede el derecho de palabra al ciudadano TORRES RAMIREZ RAFAEL quien expone: Ciudadana Juez por cuanto en la experticia en sus conclusiones en su numero 6 sugiere que se solicite información a la empresa toyota para verificar si corresponde con los dígitos AE2002070, le solicito al Tribunal que no decida sobre la entrega del vehículo hasta que se verifique esa información. Es todo. este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CON FUNCIONES DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Oída la exposición de la Fiscal del Ministerio Público y la solicitud presentada por el ciudadano TORRES RAMIREZ RAFAEL y, por cuanto en el resultado de la experticia N° 9700-250-06-116, de fecha 30 de marzo de 2.006, suscrita por el ciudadano Carlos Escorcha Experto en materia de vehículos, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, que en sus conclusiones : “6. Se sugiere solicitar información a través de la Empresa Toyota de Venezuela, a los de establecer a que unidad le fue asignada la codificación AE2002070…”, ESTA Juzgadora considera que es necesaria la verificación por lo que se ACUERDA: Remitir la presente causa a la fiscalía del Ministerio Público a los fines que realice la sugerencia realizada por el experto Carlos Escorcha adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. En consecuencia, remítase la presente solicitud N° 2C-S-239-06 a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Es todo. Término siendo las 11:50 horas de la mañana, se leyó y conformen Firman:
LA JUEZA DE CONTROL N° 02

ABG. IRAIMA ARTEAGA GOMEZ

EL SOLICITANTE

TORRES RAMIREZ RAFAEL

FISCAL AUXILIAR PRIMERA DEL M. P.

ABG. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ

LA SECRETARIA DE CONTROL

ABG. LISBETH J. CASTRO M.
CAUSA No. 2C-S-239-06