REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 24 de Marzo de 2006
195° y 147°
JUEZA: ABOG. IRAIMA ARTEAGA GOMEZ.
SECRETARIA: ABG. LISBETH JEANETH CASTRO MORENO.
FISCAL AUXILIAR PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABOG. MARIA A LEJANDRA VASQUEZ.
SOLICTANTE: TORRES RAMIREZ RAFAEL
CAUSA N° 2C-S-239-06
EXP. N° 45.092-05
En el día hoy Viernes (24) de Marzo de 2.006, siendo las 10:40 horas de la mañana, se constituye este Tribunal de Control N° 02, conformado por la Jueza de Control, ABG. IRAIMA ARTEAGA GOMEZ y la Secretaria de Control, ABG. LISBETH JEANETH CASTRO MORENO, a los fines de celebrar la AUDIENCIA ESPECIAL PARA DEBATIR LA SOLICITUD DEL VEHÍCULO, en la solicitud 2C-239-06, presentada por el ciudadano: TORRES RAMIREZ RAFAEL, Venezolano, de 40 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 11.114.229, Residenciado en Carrera 13 N° 13-34 Barrio La popita San Antonio Estado Táchira, Teléfonos: 0416/6762004; datos éstos verificados por el Tribunal. Se anunció dicho acto con las formalidades de Ley. Se procedió a verificar la presencia de las partes, se deja constancia de la comparecencia del solicitante el ciudadano: TORRES RAMIREZ RAFAEL, la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público ABG. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ. Seguidamente se concede el derecho de palabra a la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público ABG. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ, quien expone: Ratifico el contenido de la negativa de fecha 21/02/2006 y consignada como actuación complementaria el dia de hoy. Es todo.” Acto seguido, se concede el derecho de palabra al solicitante TORRES RAMIREZ RAFAEL, quien expone: “El vehículo del cual habla la fiscalía no corresponde con la placa de mi vehículo, tampoco se tomo en cuenta el accidente que tuvo el vehículo, ni se verifico el siniestro, y solicito a este Tribunal que inste al Fiscal del Ministerio Público para que se practique una nueva experticia, por organo diferente y se verifique cual es el número de placa de mi vehículo. Es todo.” Acto seguido se deja constancia que se tuvoi para su vista y devolución el Certificado de Registro de Vehículo a nombre del ciudadano JUAN JOSÉ RODRIGUEZ OTERO, cuya copia simple cursa a la causa. este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CON FUNCIONES DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Oída la solicitud hecha por el solicitante, por cuanto se encuentra presente la representación fiscal, y visto que en efecto consta de las actas procesales que rielan a la presente causa que existe disparidad en la placa en cuanto a lo señalado en la experticia realizada por el órgano que retiene el vehículo, se le sugiere a la fiscal que oficie para la práctica de una nueva experticia al vehículo. Este Tribunal Abre una Articulación Probatoria de ocho (08) días, a los efectos que la fiscalía del Ministerio realice la práctica de las experticias que correspondan al vehículo Marca Toyota, Modelo Corolla, Año 1.999, Color Blanco, Placas RAE-95P. En consecuencia, se acuerda remitir la presente solicitud N° 2C-S-239-06 a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Por lo que se fija AUDIENCIA ESPECIAL PARA EL VIERNES 31 DE MARZO DE 2.006 A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA. Es todo. Quedan los presentes notificados de la presente decisión y convocados para la fecha antes indicada. Término siendo las 11:50 horas de la mañana, se leyó y conformen Firman:
LA JUEZA DE CONTROL N° 02
ABG. IRAIMA ARTEAGA GOMEZ
EL SOLICITANTE
TORRES RAMIREZ RAFAEL
FISCAL AUXILIAR PRIMERA DEL M. P.
ABG. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ
LA SECRETARIA DE CONTROL
ABG. LISBETH J. CASTRO M.
CAUSA No. 2C-S-239-06
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