JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO AGRARIO
DE LOS ESTADOS ARAGUA, CARABOBO Y COJEDES.
San Carlos, 23 de Marzo de 2006.-
195° y 147°.-
Por cuanto el día de ayer 22 de Marzo de 2006, venció el lapso que prevé el Artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para que las partes promuevan y evacuen pruebas en la presente causa, este Tribunal declara formalmente cerrado el mencionado lapso. En consecuencia se fija el Tercer (3) día de Despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 a.m), a fin de llevar a efecto la Audiencia Oral y Publica, para oír los informes de las partes en la presente causa.-
El Juez;
Abg. DOUGLAS GRANADILLO PEROZO.-
La Secretaria,
Abg. MARIA CRISTINA CAMARGO RINCON.-
EXPEDIENTE N:523/05.-
GDP/inmayeli A.-