REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE CONTROL DE BARQUISIMETO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA


Barquisimeto, 5 de Junio del 2006
Años 196° y 147°



ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2003-000356

Corresponde a este Tribunal en funciones de Control N° 8, emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud realizada por la Defensora Publica ROCIO VALBUENA CORDERO, de fecha 13/10/2005, referente a la solicitud de extensión de la presentaciones cada treinta (30) días, con motivo a la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta al ciudadano JOSÉ SILVESTRE TERÁN, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.248.758, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto, este Tribunal a los fines de decidir observa:

En audiencia celebrada por este Tribunal en fecha 29/03/2005, le fue impuesto al ciudadano JOSÉ SILVESTRE TERÁN, ya identificado, Medica Cautelar Sustitutiva de la establecida en el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, atendiendo a la solicitud que hiciere el Ministerio Público y visto que se cumplían con los extremos legales que la referida norma; debiendo el imputado presentarse cada ocho (08) días por ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial.

Ahora bien, se analizó escrito presentado a este Tribunal por la Defensora Publica en fecha 13/10/2005, mediante el cual solicita sea considerada la posibilidad de extenderle las presentaciones cada treinta (30) días, dado que el referido imputado actualmente reside y trabaja en Ciudad Bolívar Estado Bolívar, y por tener que trasladarse a la Ciudad de Barquisimeto cada (08) días a cumplir su presentación periódica pudiera ocasionarle dificultad en su trabajo; siendo anexada a dicha solicitud constancia de trabajo suscrita en fecha 15/09/2005, por el ciudadano ANDY JOSE HURTADO ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad N°V-14.405.275, Presidente de la Cooperativa Majanares 526 R.L. y constancia de residencia suscrita en fecha 12/09/2005, por el ciudadano JOSÉ FÉLIZ PINEDA MARCANO, titular de la Cédula de Identidad N°V-13.658.733, presidente de la Asociación de Vecinos Brisas del Sur III de la Ciudad Bolívar del estado Bolívar, quienes hacen constar que el ciudadano JOSÉ SILVESTRE TERÁN, ya identificado, reside en la Calle Principal los Caribes S/N del Barrio Brisas del Sur III, de ciudad Bolívar del Estado Bolívar.

De este modo, este Tribunal atendiendo a la solicitud de la defensa y visto que median circunstancias que justifican prolongar el periodo de presentación cada treinta (30) días por ante la Taquilla de presentaciones de los imputados del Edificio Nacional en Barquisimeto del Estado Lara, debiéndola realizar a partir del 30/06/2006.

DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Tribunal en funciones de Control N°8 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA prolongar el lapso de presentación por ante la taquilla de presentación de imputados del Edificio Nacional cada treinta (30) días, el ciudadano JOSÉ SILVESTRE TERÁN , identificado en autos, ratificando la obligación de continuar dando cumplimiento a las Medidas Cautelares Sustitutivas impuestas de conformidad con el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase, notifíquese a las partes y regístrese.-

El Juez de Control N°8


Abg. Wendy Carolina Azuaje Pérez El Secretario