REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO TINACO Y LIMA BLANCO

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
Tinaco, 29 de Junio de 2006.
196º y 147º
Vista la solicitud que antecede. Por cuanto la misma no es contraria al orden público ni a disposición expresa de Ley, se admite cuanto a lugar en derecho. El Tribunal aprecia que de las actas procesales se desprende la aplicación del procedimiento conciliatorio ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Tinaco Estado Cojedes, contenido en el acta suscrita por los ciudadanos YOVAIRA CAROLINA MEDINA ROJAS, venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.181.852, de profesión u oficio: Del hogar, domiciliada en el sector Orupe, calle principal, casa Nro. 1925, Municipio Tinaco Estado Cojedes, y RAFAEL JOSÉ PÉREZ ALVARADO, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.974.776, con domicilio en el sector Orupe, calle principal, casa sín número, Municipio Tinaco Estado Cojedes, actuando en representación de los niños XXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con relación a la Prestación de Alimentos a favor de los mencionados niños, donde queda determinado los términos y condiciones bajo las cuales se dará cumplimiento al acuerdo suscrito. El Tribunal conforme a lo previsto en el Artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente decide homologar el mismo por cuanto no vulnera en modo alguno el derecho a un nivel de vida adecuada de los niños y contiene los requisitos exigidos en el Artículo 375 de la citada Ley. Por ello, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo pautado en el Artículo 375 Ejusdem HOMOLOGA el acuerdo relativo a la Prestación de Alimentos. Téngase la presente homologación como Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los Veintinueve (29) días del mes de Junio (06) de Dos Mil Seis (2006). Años l96º de la Independencia y 147º de la Federación.
La Jueza Titular,

Abg. Nora González Segovia.
La Secretaria,

Ysoina Pérez Yusti.