REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO “PAO DE SAN JUAN BAUTISTA”
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
EL PAO, 22 DE JUNIO 2.006.-
196º y 147º
SOLICITANTE: EVELIA MARIA SALAS PAIVA, venezolana, mayor de
edad, titular de la Cèdula de Identidad Nro.11.963.855 y de
este domicilio.-
OBLIGADO
ALIMENTARIO: FRANCISCO ANTONIO ESPINOZA, venezolano, mayor de
edad, titular de la cédula de identidad Nos.8.422.747,
domiciliado en esta población.
DESCENDIENTE: FRANCISCO JAVIER ESPINOZA SALAS, de (19) años de
edad.
MOTIVO: OBLIGACIÓN ALIMENTARIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
EXPEDIENTE: 2002-115.
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana EVELIA MARIA SALAS PAIVA, Titular de la Cédula de Identidad No. V-11.963.855, la cual corre inserta al folio diecisiete (17) del presente Expediente, mediante la cual DESISTE DE LA SOLICITUD DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, que interpuso en fecha 14-01-2004, por ante el Consejo de Protecciòn del Niño, Niña y Adolescente El Pao Estado Cojedes, contra el Ciudadano: FRANCISCO ANTONIO ESPINOZA.- Este Tribunal del MUNICIPIO PAO DE SAN JUAN BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUESTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; le imparte su Homologación, de conformidad con el Artículo 263 del Còdigo de Procedimiento Civil; y Artìculo 383 ”B” de la Ley Orgànica para la Protecciòn del niño y del Adolescente, confiriéndole el carácter de cosa Juzgada, dando por terminado el Procedimiento de solicitud de Obligación Alimentaria que la motivo y ordena el archivo definitivo del expediente respectivo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho de Este Tribunal, a los Veintidós (22) dias del mes de Junio de Dos Mil Seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 147 de la Federación.-
LA JUEZ SUPLENTEESPECIAL,
Abg. JANET MORONTA BARRIOS
LA SECRETARIA,
ANA DIAZ SANDOVAL
En la misma fecha se publico la anterior sentencia, siendo las 11:00 de la mañana.- Conste.-
LA SECRETARIA,
ANA DIAZ SANDOVAL
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