REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 26 de Junio de 2006
196 y 147°

En el día de hoy Veintiséis (26) de Junio de 2006, siendo las 3:30 horas de la tarde, se constituye este Juzgado en Funciones de Ejecución a los fines de Celebrar Audiencia Especial en la causa N° 1E-372-01, seguida contra el ciudadano: JOSE LUIS TERAN RODRIGUEZ, Venezolano, de 30 años de edad, de estado civil soltero, obrero. Titular de la cédula de identidad N° 13.041221, hijo de FRANCISO RAFAEL TERAN y NACIRA RODRIGUEZ HERNANDEZ, residenciado en circunvalación Portuguesa N° 19-20 de San Carlos Estado Cojedes, a los fines de imponer al Penado de la decisión de este Tribunal de fecha: 26-06-06, en el cual se Decreto la Extinción de la Penal impuesta y se declara la Liberta Plena y el Cese de todas las Medida impuestas, de conformidad con el Art. 105 del Código Penal impuesta. Seguidamente se procede a verificar la presencia de las partes, dejándose Constancia de la comparecencia del Penado: JOSE LUIS TERAN RODRIGUEZ.,así como la comparecencia de Defensor Publico Penal ABG: MARTIN SOTO, Se deja constancia de la incomparecencia de la representación Fiscal Seguidamente el Tribunal procede a imponer al penado de la decisión, quien expone: “Estoy de acuerdo con la decisión es todo” En este estado se le concede el derecho de palabra al Defensor Publico Penal quien expone: “Estoy de acuerdo no tengo nada que objetar por que efectivamente mí defendido cumplió con la pena impuesta por el Tribuna, es todo”. Oída como han sido la exposición hecha por el Defensor Público este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Impone la Extinción de la Penal al ciudadano JOSE LUIS TERAN RODRIGUEZ, Venezolano, de 30 años de edad, de estado civil soltero, obrero. Titular de la cédula de identidad N° 13.041221, residenciado en circunvalación Portuguesa N° 19-20 de San Carlos Estado Cojedes. Es todo de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal. Terminó siendo las 3:55 de la Tarde. Se leyó y conforme firman.-.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN:


ABOG. ROMELIA COLLINS



EL PENADO






EL DEFENSOR PUBLICO
ABOG. MARTIN SOTO







LA SECRETARIA DE EJECUCION
ABOG. ELBA XIOMARA FAGUNDEZ