REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

ESTADO LARA.
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN
Circunscripción Judicial
EL TOCUYO
Años: 196° y 147°

En el día de hoy Jueves 20 de Julio del Dos Mil Seis (2006); siendo la hora de las Diez y Treinta (10:30) Minutos de la Mañana, día y hora fijada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; se Trasladó y Constituyó el Tribunal en la Esquina 18 con la Avenida Lisandro Alvarado en la Sede de la Alcaldía de esta ciudad del Tocuyo, Municipio Morán del Estado Lara. Constituido por los Abogados DOUGLAS JAVIER MOLINA FERNANDEZ (JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS) y MANUEL DIAS ASSUNCAO (SECRETARIO ACCIDENTAL). Presente la parte actora la Abogada en ejercicio ALICIA VERÓNICA COLMENARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.349, asistiendo en este acto al ciudadano JOSÉ ANDRES MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° V- 12.593.266, ya identificados en autos, a los fines de dar cumplimiento a la Medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha Veinticuatro (24) de Marzo del Dos Mil Seis (2006). Seguidamente el Tribunal procedió a Notificar de su Misión a la ciudadana Licenciada ONEIDA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 11.583.196, quien dijo ser la Directora del Personal, quien dio acceso al Tribunal al inmueble para la práctica de esta Medida. Se hace necesario la designación de Un (1) Perito Avaluador, se designa como tal, al ciudadano JHOAN MANUEL HERNÁNDEZ COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 17.133.289 y un Depositario Judicial, se designa como tal, al ciudadano. En este estado la parte actora señala, solicito al Tribunal SUSPENDA la presente Medida, por cuanto se van a reunir con la parte demandada y sus Apoderados para buscar una solución Extra-Judicial. Vista la solicitud realizada por la parte actora este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Morán, acuerda SUSPENDER la presente Medida y regresar a su Sede. Es todo, se terminó y se leyó a la Once y Quince (11:15) Minutos de la Mañana y conformes firman: PARTE ACTORA: ABG. ALICIA VERÓNICA COLMENARES (FDO) FIRMA ILEGIBLE; PERITO AVALUADOR: JHOAN MANUEL HERNÁNDEZ COLMENAREZ (FDO) FIRMA ILEGIBLE; ABG. DOUGLAS JAVIER MOLINA FERNANDEZ (JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS) (FDO) FIRMA ILEGIBLE Y ABG. MANUEL DIAS ASSUNCAO (SECRETARIO ACCIDENTAL) (FDO) FIRMA ILEGIBLE.-