REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-013284
La ciudadana JUDITH DEL CARMEN PARRA DE SOLARINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.249.302, casada, y de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error involuntario asentaron su nombre como: "YUDITH DEL CARMEN y nacida el día doce (12) de Marzo de 1958", siendo lo correcto: "JUDITH DEL CARMEN y nacida el día trece (13) de Marzo de 1958".- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Partida de Nacimiento de la ciudadana JUDITH DEL CARMEN PARRA DE SOLARINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.249.302, casada, y de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente su nombre como: "JUDITH DEL CARMEN y nacida el día trece (13) de Marzo de 1958".- En consecuencia, se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Autónomo Iribarren del estado Lara al Registrador Principal correspondiente, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 3509, folio 172fte, del año 1958. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veinte días del mes de julio de dos mil seis.- Años: 196º y 147º.-
La Juez., El Secretario Suplente.,

Abg. Tania M. Pargas Canelón Abg. Edward Ramos.

Publicada en su fecha a las 02:00 p.m
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-1867 y 0900-1868.
TMPC/ER/jysp.-





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-013284
La ciudadana JUDITH DEL CARMEN PARRA DE SOLARINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.249.302, casada, y de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error involuntario asentaron su nombre como: "YUDITH DEL CARMEN y nacida el día doce (12) de Marzo de 1958", siendo lo correcto: "JUDITH DEL CARMEN y nacida el día trece (13) de Marzo de 1958".- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Partida de Nacimiento de la ciudadana JUDITH DEL CARMEN PARRA DE SOLARINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.249.302, casada, y de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente su nombre como: "JUDITH DEL CARMEN y nacida el día trece (13) de Marzo de 1958".- En consecuencia, se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Autónomo Iribarren del estado Lara al Registrador Principal correspondiente, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 3509, folio 172fte, del año 1958. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veinte días del mes de julio de dos mil seis.- Años: 196º y 147º.-
La Juez., El Secretario Suplente.,

Abg. Tania M. Pargas Canelón Abg. Edward Ramos.

Publicada en su fecha a las 02:00 p.m
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-1867 y 0900-1868.
TMPC/ER/jysp.-
El suscrito Secretario Suplente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara CERTIFICA la exactitud de la copia anterior la cual es traslado fiel de su original que se encuentra inserto en el Expediente N° KP02-S-2006-013284. En Barquisimeto en la fecha ut-supra.
EL SECRETARIO SUPLENTE.,


ABG. EDWARD RAMOS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 20 de julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO: KP02-S-2006-013284

OFICIO N° 0900-1867.
CIUDADANO:
JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÓN
DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
SU DESPACHO.-


Remito a usted copia certificada de la sentencia firme recaída en el expediente Nº KP02-S-2006-013284 a los fines de dar cumplimiento al Artículo 507 del Código Civil.

DIOS Y FEDERACIÓN


ABG. TANIA M. PARGAS CANELÓN
LA JUEZ


ANEXO: LO INDICADO.

TMPC/jysp.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 20 de julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO: KP02-S-2006-013284

OFICIO N° 0900-1868.
CIUDADANO:
REGISTRO PRINCIPAL
DEL ESTADO LARA
SU DESPACHO.-


Remito a usted copia certificada de la sentencia firme recaída en el expediente Nº KP02-S-2006-013284 a los fines de dar cumplimiento al Artículo 507 del Código Civil.

DIOS Y FEDERACIÓN


ABG. TANIA M. PARGAS CANELÓN
LA JUEZ


ANEXO: LO INDICADO.

TMPC/jysp.