En horas de despacho del día de hoy, Dieciocho (18) de Julio de 2006, siendo las Nueve de la mañana (09:00am), se trasladó y constituyó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos, Rómulo Gallegos, Anzoátegui, El Pao de San Juan Bautista y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, integrado por el Juez Temporal y la Secretaria Titular abogados ALFONSO ELÍAS CARABALLO CARABALLO e HILDA MARGIRETH CASTELLANOS MIRELES, identificados con las cédulas de identidad de la República Bolivariana de Venezuela números V-12.326.339 y V-9.536.541, respectivamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 83.355 y 74.347 respectivamente en la siguiente dirección: Instituto Autónomo de la Policía del Estado Cojedes, de la ciudad de San Carlos, vía las Vegas del Estado Cojedes, a fin de dar cabal cumplimiento a la Medida de Ejecución Forzosa de la Sentencia, decretada medida de Embargo Ejecutivo, por el Tribunal del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, interpuesta por la ciudadana AURA MEDINA REYES ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.667.071, en contra del ciudadano EDGAR ENRIQUE CUBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.327.945, en beneficio de la niña X de nueve (09) años de edad, acompañado del Abogado JOSE BERNARDO FUENTES ACOSTA, titular de la cédula de identidad N° V-6.256.115, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.792, en su condición de Fiscal Auxiliar del la Fiscalia Cuarta del Estado Cojedes y el ciudadano Gonzalo Antonio Mújica Colmenarez, titular de la cédula de identidad N° V-9.402.676, en su condición de Alguacil Titular de este Juzgado Ejecutor de Medidas. Una vez constituidos en la dirección antes señalada fuimos atendidos en la oficina de Recursos Humanos por la ciudadana Sargento Mayor Ana V. Pérez Hernández, C.I N° V-9.530.953 la cual nos remitió al Departamento de Consultaría Jurídica, allí fuimos atendidos por el ciudadano RAFAEL JESUS DE LA COROMOTO COLMENAREZ LA RIVA, titular de la cédula de identidad número V-13.740.348; inscrito en el Inpreabogado bajo el número 108.046 Abogado, al cual se le impuso de la misión del Tribunal. Seguidamente el ciudadano Fiscal Auxiliar, antes identificado expone: “Solicito al Tribunal se sirva dar cumplimiento en todas y cada una de sus partes al mandamiento de ejecución emanado del Tribunal de Protección, Sala de Juicio Tres (03) del estado Cojedes, se notifique del mismo al agente de retención y al obligado alimentario de la medida ejecutiva acordada a fin de que se de cumplimiento inmediato a las mismas. Es todo”. En este estado el Tribunal procede a notificar formalmente del presente contenido del mandato de ejecución al obligado alimentario y al agente de retención Instituto Autónomo de la Policía del Estado Cojedes a través del ciudadano Abogado RAFAEL JESUS DE LA COROMOTO COLMENAREZ LA RIVA en su condición de Consultor Jurídico a quien en este mismo acto se ordena realizar todos los tramites correspondientes para la materialización del embargo de las cantidades TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs.376.000,°°), más los intereses de mora calculados al Doce por ciento (12%) anual, segundo dispuesto en el artículo 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Del mismo modo se embarga el Treinta por ciento (30%) de las prestaciones sociales que pudieran corresponder al demandado en caso de terminación de la relación laboral por cualquier causa; cantidades estas que se declaran embargadas ejecutivamente y que deben ser remitidas a la brevedad posible, estableciéndose un plazo de Tres (03) días hábiles mediante Cheque a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Es todo.” El Tribunal deja constancia de que no se violaron los derechos humanos ni se causaron daños a personas animales o cosas. Una vez cumplida la misión el tribunal acordó regresar a su sede siendo las 11:00am. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman. El Juez Temporal (Fdo.), hay Sello Húmedo del Despacho; El Obligado Alimentario (Fdo); El Consultor Jurídico de la Policía Estadal del Estado Cojedes (Fdo); El Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público (Fdo); La Notificada (Fdo); El Alguacil (Fdo) y la Secretaria (Fdo).