REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
SALA DE JUICIO N° 02
SAN CARLOS, 03 DE JULIO DE 2006
196º Y 147º


Vistas las actuaciones que anteceden en el Juicio que por Divorcio, es llevado por este Tribunal, fundamentado en las causales segunda y tercera, del artículo 185 del Código Civil Venezolano, signado con el N° 6169, incoada por la ciudadana MILAGROS JOSEFINA FARFAN JIMENEZ, en contra del ciudadano VICTOR ENRIQUE TEJEDA. Observa esta Juzgadora de las actas procesales que en fecha 19 de junio de 2006, oportunidad legal para celebrar el Primer Acto Reconciliatorio entre las partes, no compareció a dicho la parte actora, ciudadana MILAGROS JOSEFINA FARFAN JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-15.298.795, ni la parte demandada, ciudadano VICTOR ENRIQUE TEJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.767.155. Considerando que la falta de comparecencia de la parte actora es sancionada por el Legislador con la extinción del proceso tal como lo establece el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda la extinción del presente proceso. Y ASI SE ESTABLECE. Remítase en su oportunidad las presentes actuaciones al Archivo Judicial.-

LA JUEZ TITULAR DE JUICIO Nº 02

ABG. YAJAIRA PEREZ NAZARETH
LA SECRETARIA

ABG. LUISANGELA OSUNA DE POOL
EXP. 6169
YPN/LODP/gloria