REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
196° y 147°
SOLICITANTE ROCIO ABIGAIL BAUTISTA ORTEGA
MOTIVO
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
SOLICITUD N° 4710
DECISION DEFINITIVA

I
SINTESIS
Presentada la anterior solicitud por el Abogado JOSE RAFAEL ZAPATA MAZZEI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.175, en su carácter de Apoderado Judicial de la Ciudadana ROCIO ABIGAIL BAUTISTA ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.394.056, previa distribución de solicitudes ante el Juzgado Distribuidor de esta Circunscripción Judicial, fue asignada a este Juzgado.
Por auto de fecha 28 de Junio de 2006, se le dio entrada a la presente solicitud y vistos lo recaudos consignados, el Tribunal la admite en cuanto ha lugar en derecho.
II
MOTIVACION
El Abogado JOSE RAFAEL ZAPATA MAZZEI, en su carácter de Apoderado Judicial de la Ciudadana ROCIO ABIGAIL BAUTISTA ORTEGA, antes identificada solicita del Tribunal la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su mandante, asentada bajo el N° 163, folio vuelto 84, del año 1967, que se encuentra inscrita en los Libros de Nacimientos que reposan tanto en la Coordinación de Registro Civil del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes y el Registro Principal del Estado Cojedes. Expresa el apoderado actor en su escrito: Que el funcionario transcriptor al momento de asentar el registro de nacimiento de su mandante por error involuntario trascribió en dichas partidas el segundo nombre materno como “ESTELA” y no “STELA” como es el verdadero nombre de la madre. Para los efectos probatorios el solicitante consignó Copias Certificadas de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana ROCIO ABIGAIL BAUTISTA ORTEGA, emanadas del Registro Civil del Municipio San Carlos del Estado Cojedes y por el Registro Principal del Estado Cojedes, copia de la Cédula de Identidad de su mandante, Acta de Bautismo de la Ciudadana AURA STELA ORTEGA GUERRERO, emanada de la Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, Cúcuta Norte de Santander, Colombia, Acta de Matrimonio de los Ciudadanos JUAN MARVIN BAUTISTA MANOSALVA y AURA STELA ORTEGA GUERRERO, emanada de la Diócesis de Cúcuta, Parroquia San Rafael Arcángel, copias de la Cédula de identidad y Pasaporte de la Ciudadana AURA STELA ORTEGA DE BAUTISTA.
III
DECISION

Ahora bien, probado como ha sido lo alegado y por cuanto la obviedad del error material denunciado no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida y por no existir interesado alguno que pudiere resultar perjudicado, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, a la Ciudadana Coordinadora del Registro Civil del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes y al Registrador Principal del Estado Cojedes, estampar la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento previamente determinada así: Donde Dice: “…AURA ESTELA ORTEGA…”, que es incorrecto, Debe Decir: “…AURA STELA ORTEGA…”, que es lo correcto. Así se decide. Expídase Copia Certificada de la solicitud, de este auto y remítanse con Oficios a las autoridades competentes. Se comisiono para la obtención de las copias al Ciudadano WILLIAM RAFAEL MARQUEZ HERNANDEZ, Asistente II de este Juzgado, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.658.084, quien junto con la Secretaria Accidental firmará la certificación y cada uno de sus folios, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los Cuatro (04) días del mes de Julio del año Dos Mil Seis (2006).
EL JUEZ TITULAR,

Abg. CARLOS ELIAS ORTIZ FLORES
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

Abg. SORAYA M. VILORIO R.

En la misma fecha de hoy, Cuatro (04) de Julio de 2006, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 03:25 p.m., se expidieron las copias certificadas y se remitieron con Oficios N° 05-343-279 y 05-343-280.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

Abg. SORAYA M. VILORIO R.

Expediente N° 4710.
CEOF/SV/ACH/WM.