REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES


San Carlos, 31 de Julio de 2006
196° y 147°

Vista la solicitud presentada por la Defensora Publica Penal MARIELBA ANDREINA CASTILLO ACOSTA, actuando con el carácter acreditado en autos del penado RAFAEL MUJICA, quien se encuentra en la causa signada con el N° 1E-425-01, donde solicita el Beneficio de Libertad Condicional como Medida Humanitaria y revisadas las actas que conforman la mencionada causa se observa que la mencionada medida se ha renovado cada seis (6) meses, observando el informe del medico forense de fecha 19-07-2006, donde concluye que el paciente evaluado presente hipertensión arterial que amerita ser evaluado actualmente por cardiología y medicina interna para ajustar tratamiento, ya que amerita para el momento del examen cifras tensionales elevadas, paciente en regulares condiciones y requiere tratamiento medico ajustado; en virtud que el estado debe garantizar el derecho a la salud en consecuencia de la vida sin discriminación de ningún tipo, es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda prorrogar por el lapso de cuatro (4) meses contados estos a partir de la fecha de la presente decisión y mantener el Beneficio de Libertad Condicional como Medida Humanitaria a favor del penado ANGEL RAFAEL MUJICA supra identificado todo de conformidad con lo establecido en el articulo 83 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el articulo 503 del Código Orgánico Procesal penal. Así mismo deberá el penado acatar las sugerencias impartidas del medico forense. Notifíquese a las partes de la presente decisión. respétese el lapso de apelación que puedan intentar las partes y en consecuencia a las victimas indirectas.
LA JUEZ DE EJECUION

ABOG. ROMELIA COLLINS FERNANDEZ


LA SECRETARIA DE EJECUCION
ABOG. ELBA FAGUNDEZ


Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado
(Sctria)