REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO AGRARIO
DE LOS ESTADOS ARAGUA, CARABOBO Y COJEDES.-
San Carlos 19 de Julio de 2006.-
196° y 147°.-
Por cuanto el día de ayer 18-07-06, venció el lapso que prevé el artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para que las partes promuevan y evacuen pruebas en la presente causa, y habiendo hecho uso de tal derecho solamente la parte demandante. Este Tribunal declara formalmente cerrado el mencionado lapso y en consecuencia se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las DIEZ de la mañana (10:00 a.m.), a fin de llevar a cabo la audiencia oral y pública, para que las partes presenten sus informes en la presente causa.-
El Juez
Abog. DOUGLAS GRANADILLO P.
La Secretaria;
Abg. MARIA CRISTINA CAMARGO R.
Expediente Nº.619-06.-
DGP/nmm.-