REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONESCIRCUITO
JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO COJEDES
SALA ÚNICA


JUEZ PONENTE: NUMA HUMBERTO BECERRA.
MOTIVO: PRONUNCIAMIENTO SOBRE ADMISIBILIDAD O NO DE RECURSO DE APELACIÓN.
CAUSA: 1858-06

Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Gustavo Felipe Guzmán López asistido judicialmente por el abogado Rafael Pinto Figuera, contra el fallo proferido por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en fecha tres (03) de abril de dos mil seis (2006), mediante el cual declaró inadmisible la acusación presentada por el ciudadano Gustavo Felipe Guzman Lòpez ampliamente identificado en autos; esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de conformidad con lo establecido en el artículo 450 del vigente Código Orgánico Procesal Penal, pasa de seguidas a pronunciarse sobre la admisibilidad o no del presente recurso, y en tal sentido observa:
Revisado como ha sido el escrito contentivo del mencionado recurso, que riela al folio 07 de las presentes actuaciones, la Sala encuentra que el mismo cumple con todas las exigencias del artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, y además no advierte en él causal de Inadmisibilidad alguna de las contempladas en el artículo 437 eiusdem, razón por la cual, esta Corte A D M I T E cuanto ha lugar en derecho, el recurso ejercido. Así se decide
D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, actuando en Sala Única, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO
Declara ADMISIBLE el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano Gustavo Felipe Guzmán López asistido judicialmente por el abogado Rafael Pinto Figuera, contra el fallo proferido por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en fecha tres (03) de abril de dos mil seis (2006), mediante el cual declaró inadmisible la acusación presentada por el ciudadano Gustavo Felipe Guzmán López ampliamente identificado en autos.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en San Carlos, a los ( 27 ), días del mes de JULIO de dos mil seis (2006).- Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-

EL PRESIDENTE

NUMA HUMBERTO BECERRA C.
(PONENTE)

LA JUEZ EL JUEZ

ANA VILLAVICENCIO HUGOLINO RAMOS BETANCOURT


LA SECRETARIA DE SALA

MIGUELINA CAUTELA
En la misma fecha se publico y registro la presente decisión y se hicieron las notificaciones de Ley.-

LA SECRETARIA

NHBC/María José.
Causa 1858-06