En horas de este despacho del día de hoy Veintidós (22) de Febrero de 2006, siendo las Nueve y Treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), se traslado y constituyo el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos, Rómulo Gallegos, Tinaco, Falcón, Anzoátegui, El Pao de San Juan Bautista y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, integrado por los abogados Alfonso Elías Caraballo Caraballo y Yogishel Carolina Díaz Higuera titulares de las Cédulas de Identidad Números. V-12.326.339 y V-12.856.373 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 83.355 y 88.771, respectivamente, Juez Temporal y Secretaria Temporal, respectivamente y Secretaria Temporal, respectivamente en la siguiente dirección sede de la Gobernación del Estado Cojedes, de la ciudad de San Carlos, ubicado en la Avenida Manrique con esquina con la calle Sucre, a fin de dar cumplimiento a la medida de Ejecución Forzosa (Reincorporación) de la trabajadora, ciudadana Clarixza Reyes, decretada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, con motivo de Recurso de Nulidad seguido por la ciudadana Clarixza Reyes, identificada con la cédula de identidad N° V-5.588.321, representada judicialmente por la Abogada Carmen Ochoa, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 49.982, en contra de la Gobernación del Estado Cojedes, y por el cual este tribunal actúa como comisionado. Una vez constituidos en la dirección antes señalada , fuimos atendidos por la ciudadana Olis Ayaris Farias Villarroel, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.925.939, jefe de personal de la Gobernación del Estado Cojedes, quien nos remitió con el ciudadano José Javier Gómez Molina, titular de la Cédula de Identidad N° V.11.503.498, Asesor jurídico de la Gobernación del Estado Cojedes, abogado e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 71.359, ambas personas fueron notificados de la misión encomendada por este tribunal. En este estado la ciudadana Olis Ayaris Farias, en su carácter ya indicado expuso: “Por cuanto la sentencia de fecha l5 de Julio de 1.999, procedida por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en la parte dispositiva de la decisión declara: Parcialmente con lugar el recurso interpuesto con lugar de nulidad anteriormente identificado, como consta en el mandamiento de ejecución, en el cual ordena su reincorporación en el Cargo de Analista de Presupuesto III Adscrita a la Dirección de Planificación y Presupuesto de la Gobernación del Estado Cojedes, y visto que dicha sentencia se encuentra en estado de ejecución forzosa, ordenando cumplimiento de la misma, según despacho de comisión de fecha 24 de Enero del año 2006, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, al Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en este sentido este órgano gubernamental acoge lo dispuesto en dicha sentencia y acuerda la reincorporación de la demandante en un cargo de igual jerarquía y similares funciones el cual venia desempeñando, reincorporación que se hará efectiva de inmediato, se hace la salvedad de que el cargo que venia desempeñando la mencionada ciudadana no se encuentra previsto en la Ley de Presupuesto del presente año, en consecuencia, se hará la diligencia pertinente, a fin de su reincorporación en el próximo periodo del año fiscal siguiente, es todo”. En este estado la apoderada judicial de la parte actora expuso: “Solicito la reincorporación de la ciudadana Clarixza Reyes, ya identificada al cargo que venia desempeñando, y en su defecto a uno de la misma jerarquía y a su remuneraciones, es todo”. El tribunal deja constancia que no se violaron derechos humanos, ni se causaron daños a personas, animales o cosas. Una vez cumplida la misión, el tribunal acuerda regresar a su sede, siendo la y quince minutos de la mañana (10:15a.m). Es todo. Se leyó y conforme firman. El Juez temporal (Fdo.), hay Sello Húmedo del Despacho; Los Notificados (Fdos); La Apoderada Judicial de la Parte Actora (Fdo); La parte Demandante (Fdo); El Agente Policial (Fdo); La Secretaria Temporal (Fdo).