REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 01 de Febrero de 2006
195º y 147º

Vista la anterior solicitud presentada personalmente por sus firmantes ciudadanos: XIOMAR JOSE HENRIQUEZ CASADIEGO y MARIA CONCEPCIÒN DO NASCIMIENTO MORENO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, educadores, titulares de las cédulas de Identidad Nº V- 3.856.636 y V- 5.745.582, respectivamente, domiciliados en el Municipio Autónomo San Carlos, del Estado Cojedes, debidamente asistidos por el Abogado RAMON ENRIQUE COSSE MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.905. Se admite cuanto ha lugar en derecho. Previa lectura acordada por Secretaría y estando conforme por los manifestantes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transitó y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS DE CUERPOS, a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el citado escrito.
EL JUEZ TITULAR;

Abg. CARLOS ELIAS ORTIZ FLORES

LOS MANIFESTANTES Y SU
ABOGADO ASISTENTE


LA SECRETARIA ACCIDENTAL,


Abg. SORAYA VILORIO RODRIGUEZ

Exp. Nº 4613
CEOF/SVR/AJCH/Lilisbeth