REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTES.

San Carlos, 15 de FEBRERO de 2006.
193° y 144°


JUEZ DE CONTROL N° 1: GERMAN ALFREDO BREA ROJAS
SECRETARI0: ABG. JOSE ANTONIO BECERRA ALETA
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MANUEL MARTINEZ
IMPUTADO: IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNA
DEFENSOR PUBLICO: ABG. EUCLIDES HERRERA
DELITO: CONTRA LAS PERSONAS
CAUSA N° 1C- 827-06.

En el día de hoy, MIERCOLES 15 DE FEBRERO DE 2.006, siendo las 10:00 a.m., se constituye el Tribunal de Control N° 1 de la Sección de Adolescentes, con la presencia de la ciudadano Juez Abg. GERMAN ALFREDO BREA ROJAS, y el Secretario, ABG. JOSE ANTONIO BECERRA ALETA, a los fines de llevar a cabo AUDIENCIA ESPECIAL ORAL Y PRIVADA, con el objeto de oír a la victima en cuanto a la solicitud de la defensa publica de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en el Art. 561 LITERAL D de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente, a favor de los Adolescentes IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNA ; a quien se le sigue procedimiento por la presunta comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS . Acto seguido, el ciudadano Secretario del Tribunal procede a verificar la presencia de las partes convocadas para la presente Audiencia, dejándose constancia de la comparecencia del ciudadano Defensor Público ABG. EUCLIDES HERRERA del fiscal Quinto Especializado del Ministerio Público ABG. MANUEL MARTINEZ. Se deja constancia de la comparecencia del imputado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNA, asi como la incomparecencia del co-imputado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNA y de la victima ciudadano PINTO JUAN CARLOS. Seguidamente se le concede el derecho de palabra FISCAL V DEL MINISTERIO PUBLICO ABG MANUEL MARTINEZ quien expuso: ratifico en todas y cada una de sus partes el escrito de sobreseimiento definitivo interpuesto por ante la oficina de alguacilazgo en fecha 27 de ENERO del 2006, por considerar pertinente y ajustada a derecho, es Todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la defensor público ABG EUCLIDES HERRERA quien al efecto expone: en vista del análisis exhaustivo de las actas que conforman la presente causa esta representación de la defensa publica SE ADHIERE a la solicitud FISCAL por considerarlo ajustada y conforme a derecho, así mismo solicito se oficie lo conducente a los órganos de seguridad a objeto de que se dejen sin efecto los registros policiales con ocasión a la presente causa es todo. Revisada como a sido la presente causa y oídas las partes en la misma este tribunal para decidir observa: que el hecho ocurrió en fecha 07 de mayo de 2001y efectivamente la denuncia se realizo en fecha 08 de MAYO de 2001, y la investigación se inicia el 14 de mayo cuando el representante del ministerio publico dicta el inicio de la investigación por el delito de lesiones personales en contra de los adolescentes IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNA , donde aparece como victima el ciudadano JUAN CARLOS PINTO investigación que continuo hasta el día 27 de enero de 2006, fecha en la cual el ciudadano representante de la vindicta publica solicita como acto conclusivo el sobreseimiento definitivo de la causa tomando en consideración que el dictamen medico legal realizado en fecha 28 de mayo de 2001, donde el medico forense Omar Medina refiere que se trata de una lesión de carácter leve con cinco días de curación por lo que este tribunal comparte la opinión del ministerio publico en que por haber transcurrido mas de tres años desde la fecha en que transcurrió el hecho, y por tratarse de un delito que no amerita como sanción la privación de libertad debe acordarse el sobreseimiento definitivo por prescripción de la causa de conformidad con los artículos 615 en concordancia con el 561 literal “d” de la LOPNA, en concordancia con el ordinal 3ro del articulo 318 del C.O.P.P. en concordancia con el articulo 48 ordinal 8vo ejusdem aplicado por remisión del articulo 537 de la LOPNA , en consecuencia, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA, PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor del adolescentes IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNA; de conformidad con lo establecido en el articulo 318 numeral 1 del C.O.P.P. en concordancia con el articulo 48 ordinal 8vo ejusdem , aplicado por remisión del artículos 537 de la LOPNA en concordancia con el articulo 615 y 561 literal D ejusdem, Así mismo se acuerda remitir la presente causa al archivo central vencido el lapso para la interposición de los recursos. TERCERO: Se acuerda oficiar lo conducente a los fines de que se deje sin efecto cualesquier registro policial que pese sobre los imputados en referencia a la presente causa. Así se decide. Es todo. Terminó, siendo las 11:00 a.m.-

ELJUEZ DE CONTROL N° 1 (T)
ABG. GERMAN ALFREDO BREA ROJAS


EL DEFENSOR PÚBLICO ESPECIALIZADA

ABG. EUCLIDES HERRERA

EL FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO

ABG. MANUEL MARTINEZ


EL IMPUTADO

SECRETARIO
ABG. JOSE ANTONIO BECERRA ALETA
CAUSA N° 1C-827-06
GABR/JABA/vv.-*