REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCION DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 16 de Febrero de 2.006
195° y 146°

En el día de hoy Jueves Dieciséis (16) de Febrero del 2.006, siendo las 10:30 horas de la mañana, se constituye este Juzgado en Funciones de Ejecución a los fines de Celebrar Audiencia Especial Para Juramentar a la Defensora Privado del Penado, en la causa N° 1E-476-03, seguida contra el ciudadano: RICHARD JOSE LAGO SILVA, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.671.598, penado por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. Seguidamente se procede a verificar la presencia de las partes, dejándose Constancia de la comparecencia de la Abogada GLENIS GERARDINE ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 12.767.688, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N| 110.975. Seguidamente la Juez de la causa procede a tomar juramento a la Abogada GLENIS GERARDINE ALVARADO, de la siguiente manera: Jura Usted cumplir Usted bien y fielmente los derechos y deberes inherentes a la defensa del ciudadano RICHARD JOSE LAGO SILVA, consagrados en la Constitución de la Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal. Y la Abogada GLENIS GERARDINE ALVARADO, respondió: “ Juro cumplir bien y fielmente lo inherente la defensa de mi representado.” Queda debidamente juramentada como Defensora Privada del penado RICHARD JOSE LAGO SILVA. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Terminó, siendo las 10:50 minutos de la mañana, se leyó y conforme firman.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN

ABG. IRAIMA ARTEAGA GOMEZ


LA DEFENSORA PRIVADA


ABG: GLENIS GERARDINE ALVARADO

LA SECRETARIA

ABG. LISBETH JEANETH CASTRO MORENO

Causa N° 1E-476-03.-