REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES. San Carlos, 01 de Febrero de 2006. 195° y 146º….……..…….………..

Visto el escrito presentado por el ciudadano JOSÉ RAFAEL PINEDA, en su condición de padre del ciudadano HÉCTOR PINEDA, en el cual solicita a este Despacho se sirva ver la posibilidad de que su hijo sea sometido a tratamiento medico en un lugar distinto al sitio de reclusión, ya que según informe médico el mismo debe ser practicado en un ambiente adecuado, en la presente causa signada con el N° 2M-1438-05, seguida contra el mencionado ciudadano; este Juzgado Segundo en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA la practica de reconocimiento medico forense al ciudadano Héctor Pineda, a los fines de que el médico forense informe sobre el estado de salud del supra mencionado ciudadano. En consecuencia, trasládese al acusado a la Medicatura Forense de esta ciudad, con la urgencia que el caso amerita. Cúmplase lo acordado. Notifíquese la presente decisión. Líbrese la boleta de traslado. Ofíciese lo conducente


GERARDO JOSÉ TORREALBA PERAZA
JUEZ DE JUICIO N° 02

LUIS ALFREDO RAMÍREZ PALAZZI
SECRETARIO DE JUICIO

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo solicitado
(Sctrio.).

CAUSA N° 1438-05
EXPEDIENTE FISCAL N° 48.073-05