REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO TINACO Y LIMA BLANCO

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES


Tinaco, 08 de Agosto de 2006.
196º y 147º


Vistos los autos. De la revisión exhaustiva de las causas existentes en este despacho se ha evidenciado que en el presente juicio no se le ha dado impulso procesal desde el 02/08/1994; ultima actuación practicada contentiva del auto de admisión, que cursa al folio tres (03) del expediente. Y siendo el caso que existe una causal de inhibición de la Jueza Titular del Despacho, desde el año 1995 contra el ciudadano ABDEL MUNEM MAMOON, quien es parte actora en este procedimiento que ha sido declarada con lugar en los juicios contenidos en los expedientes Nros. 99/200, 97/153, 29/2001, 245/2001, 246/2001, 247/2001, 248/2001, 269/2001, 251/2001 y 20/2000, la cual persiste en la actualidad. Con fundamento a ello levántese el acta de Inhibición correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 82, Ordinal 18 del Código de Procedimiento Civil.
La Jueza Titular.

Abg. Nora González Segovia.



La Secretaria Accidental,


Abg. Anne Jacqueline León.

Conforme fué acordado en esta misma fecha 08/08/2006, se cumplió con lo ordenado. Conste.
Secretaria Accidental,


Abg. Anne Jacqueline León.