REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y ROMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 20 de Abril de 2006.-
195° y 146°
Vista la anterior diligencia suscrita por las partes, en donde DESISTEN del procedimiento, y deciden ponerle fin al presente juicio, y por cuanto versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN.- En consecuencia, se dá por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez Temporal,

Abg. Vicente Alejandro Aponte Morales


La Secretaria,

ABG. JESSENIA M. CAMACHO A.








Exp. 1661-06
VAAM/JC/hz.-