REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTES

San Carlos 11 de Abril de 2006
195° y 147°


JUEZ DE CONTROL: ABG. MARIA NETTY ACOSTA VALDERRAMA
SECRETARIA DE CONTROL: ABG. ROSSMARIANGEL NAVARRO NAVARRO
FISCAL QUINTO ESPECIALIZADO: ABG. ANDRES BARRIOS MAZA
IMPUTADOS: IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DEFENSOR PÚBLICO: ABG. INGRID PEREZ MARTINEZ
VÍCTIMA: PEREZ MARIA NICANOR
DELITO: ROBO PROPIO
CAUSA N° 1C-587-04


En el día de hoy, MARTES ONCE (11) DE ABRIL DE 2.006, siendo las 11:20 A.M., hora fijada para llevar a cabo la AUDIENCIA ORAL Y PRIVADA A LOS FINES DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO O NO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS POR LOS ADOLESCENTES , en la causa Nro.-1C-587-04, seguida en contra de los Adolescentes: IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE , encontrándose presente en la sede del Tribunal de Control N° 1 de la Sección de Adolescentes, la Juez de Control ABG. MARIA NETTY ACOSTA VALDERRAMA y la Secretaria (S) del Tribunal Abg. ROSSMARIANGEL NAVARRO NAVARRO, así como el Fiscal Quinto Auxiliar Especializado del Ministerio Público, ciudadano: ABG: MANUEL MARTINEZ, y la Ciudadana Defensora Pública Especializada, ABG. INGRID PEREZ, así como los adolescentes imputados IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. Acto seguido se procede a dar inicio a la Audiencia de presentación de imputados con el objeto de verificar el cumplimiento o no de las obligaciones contraídas por los adolescentes en fecha 28-09-2005, en la oportunidad de la Audiencia Preliminar con ocasión a la suspensión del proceso a prueba por un termino de Seis (06) meses, por la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado por el Art 457 del Código Orgánico Procesal Penal, seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Publica ABG. INGRID PEREZ, quien expone: Por cuanto mis representados me manifestado a esta representación de la defensa que se encuentran realizando estudios y actividades laborales de tipo informal y que debido a la Sueto de semana santa no se le ha podido expedir las correspondientes constancias solicito respetuosamente que este digno le conceda a mi representado un plazo prudencial para que los mismos puedan obtener dicho documento y así acreditar el cumplimiento de las obligaciones previamente pautadas, es todo” Seguidamente se le concede la palabra al ciudadano Fiscal Auxiliar ABG. MANUEL MARTINEZ quien expone: “ Esta representación del ministerio publico solicita a este honorable tribunal es escueto de que difiera la presente audiencia la misma o la convocatoria de la nueva audiencia se realice en el lapso mas breve posible, toda vez que era obligación de los adolescentes haber tramitado para la fecha de hoy sus respectivas constancias de estudio y trabajo si esta existiese toda vez que ello fueron impuesto de unas obligaciones hace ya mas de 6 meses, la cual tenían que cumplir obligatoriamente y no esgrimir que por motivo de escueto de semana santa o por que se le olvido la misma no la tienen en su poder hoy, ya que es parte de su responsabilidad y era obligación haber tramitado dicha constancia, toda vez que esta actitud de los adolescentes retrasa el proceso, ahora bien como quiera que parte de buena fe de la representación fiscal solo deja entender que este tribunal que convoque a la audiencia lo mas pronto posible. Es todo”. Oída como han sido la exposición de la defensa publica y del ministerio publico ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL, SECCIÓN ADOLESCENTE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Hace siguiente pronunciamiento: riela a los folios 109 al 113 de la presente causa Acta de fecha 28 de septiembre 2005. mediante la cual el Tribunal convoco a las partes a los fines de llevar a cabo la audiencia preliminar oral y privada, mediante la cual los imputados de auto se acogieron a una de las alternativas de la persecución del proceso, es decir mediante la conciliación acogiéndose la figura procesal de la suspensión condicional del proceso por un lapso de 6 meses imponiéndole como obligaciones el tribunal las siguientes: buscar un trabajo fijo o continuar los estudios y la segunde de ella no agredir verbal ni físicamente a la victima ni familiares y la tercera no cometer otro acto delictivo, y una vez verificados como ha sido el cumplimiento del lapso previsto por el tribunal de debe fijar nuevamente otra audiencia especial a los fines de verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por este tribunal en la fecha anteriormente mencionada y tomando en cuenta el día de hoy no compareció la victimadle presente caso, es decir la ciudadana Maria Nicanor Pérez, considerando este tribunal que es importante oír a la misma en consecuencia se ACUERDA: PRIMERO: Diferir el presente acto y se fija como nueva oportunidad para el día miércoles tres 3 de Mayo del año 2006, a la 1:30 p.m., SEGUNDO: Quedan todas las partes presentes notificada y se acuerda citar con carácter de urgencia a la victima Es todo. Terminó se leyó y conformes firman siendo las 10:45 A.M.
LA JUEZ DE CONTROL

ABG. MARIA NETTY ACOSTA VALDERRAMA





EL FISCAL QUINTO.

ABG. MANUEL MARTINEZ




LA DEFENSORA PÚBLICA ESPECIALIZADA

ABG. INGRID PEREZ






LOS ADOLESCENTES IMPUTADOS


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LA SECRETARIA DE CONTROL

ABG. ROSSMARIANGEL NAVARRO NAVARRO

CAUSA N° 1C-587-04