REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

En el día de hoy, cuatro (4) de abril de 2006, siendo las 12:30 de la tarde se constituye este Juzgado en Funciones de Ejecución a los fines de celebrar Audiencia Especial, en la causa 1E-439-02, seguida a JIMENEZ RAMON ALEXANDER, titular de la Cédula de Identidad N° E- 82.146.796 residenciado FINAL CALLE MIRANDA CASA N° 042 TINACO, plenamente . A los fines de imponerlo de la decisión de este Tribunal en fecha 22 de Marzo de 2006, en el cual se le otorgo el Beneficio de CONFINAMIENTO; Seguidamente, se procede a verificar la comparecencia de las partes; dejándose constancia de la comparecencia del Defensor Publico Abg. MARTIN SOTO, as mismo se deja constancia de la comparecencia del penado de autos. En este estado se le concede el derecho de palabra al penado quien expone: “Estoy de acuerdo con la medida impuesta por el Tribunal”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Defensor Publico Penal quien expone quien expone: “Visto que todo esta sujeto al y observando como mi defendido se hace acreedor a un beneficio que se traduce al bienestar de mi defendido, estoy de acuerdo con las medidas impuesta por el Tribunal para mi asistido”. Seguidamente el Tribunal le concede el beneficio de confinamiento Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, impone al penado de las condiciones y le advierte que el incumplimiento de cualquiera de ellas dará lugar a la revocatoria del beneficio. Es todo”. Termino siendo las 12:40 pm Se leyó y conformes firman.