REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 21 DE ABRIL DE 2.006
196° y 147°


Revisada Como ha sido la causa signada con el N° 1E-586-05, seguida al penado JOSE LORENZO TORREALBA CALANCHE, por la comisión del delito de HURTO Y ROBO DE VEICULO AUTOMOTOR, se desprende de las actas que el mencionado penado admitió los hechos en fecha 17 de Mayo de 2005. En fecha 31 de mayo de 2005, se le da entrada a la causa poniendo a la orden de este Tribunal al referido penado. Así mismo se evidencia que el condenado se encuentra recluido desde la fecha de su detención hasta los actuales momentos en la Comandancia de Policía General de San Carlos Estado Cojedes, En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA, el traslado del condenado JOSE LORENZO TORREALBA CALANCHE, hasta el Internado Judicial de Carabobo con sede en Tocuyito Estado Carabobo, en virtud de que una vez que al mencionado penado le fue leído el computo de la pena el 07 de julio de 2005, en consecuencia Dicho penado podrá optar a una de las formulas alternativas al cumplimiento de la pena, luego de haber estado privado de libertad por un tiempo requerido por lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal para optar a un beneficio. Remítase copia certificada del cómputo de la pena al Director del Internado Judicial de Tocuyito. Librese oficio junto con copia certificada de la sentencia condenatoria del Penado JOSE LORENZO TORREALBA CALANCHE, dirigido Jefe de División de Antecedente Penales del Ministerio del Interior y Justicia Caracas, en la ciudad de Caracas Librese Oficio. Boleta de Traslado y de Boleta de Encarcelación.
LA JUEZ DE EJECUCION

ABG. ROMELIA COLLINS FERNANDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ELBA X. FAGUNDEZ H.

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado
(Sctría)