REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SAN CARLOS - ESTADO COJEDES

San Carlos, 18 de Abril de 2006
195° y 147°

En el día de hoy, dieciocho (18) de abril de 2006, siendo las 3:30 de la tarde se constituye este Juzgado en Funciones de Ejecución a los fines de celebrar Audiencia Especial, en la causa 1E-439-02, seguida a JIMENEZ RAMON ALEXANDER, titular de la Cédula de Identidad N° E- 82.146.796 y TRUJILLO RAMIRO ARTURO, titular de la Cédula de identidad N° E-82.128.104 y con domicilio Urbanización Pueblo Nuevo, calle 10 casa N° 04, Tinaco Estado Cojedes. Seguidamente se pasa a verificar a las partes dejándose constancia que se encuentra presente para la celebración de la audiencia el penado TRUJILLO RAMIRO ARTURO, y el ABOG. LISANDRO CABRERA, quien en este mismo acto el penado lo designa como su abogado privado. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al penado TRUJILLO RAMIRO ARTURO quien expone: “Por ignorancia a saber que tenia que presentar al tribunal constancia de médicos, el abogado solo me dijo que tenía presentarme solamente en Tinaco, todos los jueves, lo cual lo vengo haciendo desde ese entonces hasta la presente fecha, yo no sabia que tenia que venir para acá”. Seguidamente de le concede el derecho de palabra al Abog. LISANDRO CABRERA quien expone: “Consigno en este acto constancia expedida por la prefectura del Municipio Tinaco dirigida a este Tribunal donde consta el record de presentaciones periódicas, cumplidas una vez que así fue exigido por el Tribunal de ejecución desde fecha 26/09/2002, hasta la fecha 06/04/2006, consigno así mismo copia simple de informe médico suscrito por la Dra Sofía Barreto de Tineo con lo cual solicito a este Tribunal de ser necesario se expida oficio a la medicatura forense de Valencia Estado Carabobo, por cuanto el mismo tiene su historia médica reposa en esa medicatura”. Por todo lo antes expuesto este Tribunal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal por EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: librar oficio a la Medicatura Forense de Valencia Estado Carabobo, a los fines que sea evaluado, una vez evaluado deberá consignar ante este Tribunal el informe en sobre cerrado. Se designa al ABOG: LISANDRO ALVARADO, en su carácter de Defensor Privado del penado, correo especial a los fines de que consigne a este Tribunal en un lapso no mayor de 15 días, todo lo relacionado con el informe médico Forense. Termino siendo las 4:00 pm Se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN


ABG. ROMELIA COLLINS FERNANDEZ






EL PENADO,






EL DEFENSOR PRIVADO
ABG. LISANDRO CABRERA






LA SECRETARIA DE EJECUCION
ABOG. ELBA X. FAGUNDEZ H