REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N°01
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
195º Y 147º

CAUSA N° 1C- 842-06
JUEZ DE CONTROL: EULISER FERNANDEZ
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: JOALICE JIMENEZ
DEFENSORA PÚBLICA PENAL: MARIELBA CASTILLO.
SECRETARIO: YENYFER ARTEGA GOMEZ
IMPUTADO: WILFREDO ANTONIO ORTIZ AGUIN.
VICTIMA: EL ESTADO.
DELITO: DESESTIMACION POR AMENAZAS
EXPEDIENTE FISCAL. N° 52.169-06

En el día de hoy, LUNES TRES (03) DE ABRIL DE DOS MIL SEIS (2.006), siendo las 6:30 horas de la Tarde, estando de guardia, se constituye este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, conformado por el Juez de Control EULISER GENARO FERNANDEZ y la Secretaria ABG. YENYFER ATEAGA GOMEZ, a los fines de celebrar la AUDIENCIA DE PRESENTACION DE IMPUTADOS DE DESESTIMACION POR AMENAZAS, convocada para el día de hoy, a los fines de debatir la solicitud de la Fiscalía III del Ministerio Público, representada en este acto por la ciudadana Fiscal, ABG. JOALICE JIMENEZ, de que se DESESTIME LA PRESENTE DENUNCIA por amenazas, conforme lo previsto en el artículo 175, 24, 301, del Código Penal y de que se le otorgue al imputado de autos la libertad plena, porque considerar que el mismo NO se encuentra incurso en la comisión del delito de ACCION PUBLICA, COMO LO ES LA AMENAZA. Se anunció el acto. Se procedió a verificar la presencia de las partes, se deja constancia de la comparecencia del Fiscal del Ministerio Publico ABG. JOALICE JIMENEZ en representación de la Fiscalia Tercera del ministerio publico, del Defensor Público Penal ABG. MARIELBA CASTILLO, del imputado WILFREDO ANTONIO ORTIZ AGUIN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.973.978; y con residencia en sector aromita, caserio la fe, calle principal, casa SN, del municipio Anzoategui, Cojedes; estos datos verificados por el Tribunal, representado en este acto por la defensora Publica Abg. MARIELBA CASTILLO. Y se encuentra presente la victima. Seguidamente, se concede la palabra a la fiscal del ministerio público Abg. JOALICE JIMENEZ, quien expone: “Presento en este acto al ciudadano: WILFREDO ANTONIO ORTIZ AGUIN, plenamente identificado en las actas procesales, (El Fiscal pasa a narrar los hechos conforme el escrito de presentación, en las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos) continúa diciendo:.. es por ello que el Ministerio Público considera que el ciudadano NO se encuentra incurso en la comisión de delito de acción pública, y debe ser ejercido a instancia de parte. Es Todo”. Acto Seguido, Acto seguido, el Tribunal le pregunta al CIUDADANO: WILFREDO ANTONIO ORTIZ AGUIN si desea declarar y éste manifestó que: No voy a declarar. Es todo” Seguidamente, se le concede la palabra a la Defensora Pública Penal ABG. MARIELBA CASTILLO quien expone: “Me adhiero al a solicitud fiscal por ser procedente y ajustado a derecho. Solicito se me expida copia simple de la presente causa. Conforme a lo establecido en el Art. 8,9, 10, 243 del COPP. Es todo” Seguidamente, Concluida la presente audiencia estando de guardia en este circuito judicial penal en este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 01 Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley pasa a Decidir en los siguientes términos: PRIMERO: SE SCUERDA LA DESESTIMACION de la presente denuncia, toda vez que efectivamente estamos en presencia de un hecho punible establecido en el Art. 175 ultimo aparte, como lo es la amenaza, efectivamente es un hecho punible que su enjuiciamiento es a instancia de parte. Efectivamente este tribunal esta de acuerdo con el pedimento fiscal ya que existe un obstáculo legal que impide al estado el ejercicio de la acción penal y de conformidad con lo establecido en los artículos 301 del COPP en concordancia con el 175 del código penal. Se acuerda la libertad plena del ciudadano: WILFREDO ANTONIO ORTIZ AGUIN. Así se declara. Líbrese boleta de Excarcelación. Es todo Terminó se leyó y conforme las partes presentes firman. Terminó siendo las 7:00 PM. Se acuerda las copias solicitadas por la defensa. Respétese el lapso de Apelación y una vez vencido remítase la causa a la Fiscalía III del Ministerio Público. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ DE CONTROL N° 01

ABG. EULISER FERNANDEZ

FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO



ABG. JOALICE JIMENEZ PINTO



EL IMPUTADO








LA DEFENSORA PUBLICA
ABG. MARIELBA CASTILLO
















SECRETARIO DE CONTROL

ABG. YENYFER ARTEAGA GOMEZ