REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTES.

SAN CARLOS, 25 DE OCTUBRE DE 2.005.-
195º Y 146º

Por recibida, la Causa Original No 1M-069-01, Constante de dos (02) pieza, la primera de (200) folios y la segunda de (258) folios, que suman un total de (458) folios útiles, emanada del Tribunal Primero en Función de Juicio de la Sección Adolescentes Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, seguida al adolescente (IDENTIDAD QUE SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÌCULO 65, PARÀGRAFO 2do. DE LA LOPNA), en donde se encuentra definitivamente firme la sentencia sancionatoria publica de fecha 06-09-2.004, y por haberse declarado Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la defensa, en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 407 y 417 del Código Penal antes de la Reforma y sancionado a cumplir cuatro (04) años la medida de PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en el artículo 620 literales “f” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- Se procede en este día a darle entrada y anotarse en el libro de causas correspondiente. Notifíquese a la Defensa y al Fiscal del Ministerio Público. Téngase para Decidir.- Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN



ABG. NELVA VALECILLOS ALVARADO

LA SECRETARIA,

ABG. PROSPERA HERNANDEZ



En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 1E-142-05.-

(Sctría).-

CAUSA N° 1E-142-05.
NVA/cg.-