REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTES.

SAN CARLOS, 25 DE OCTUBRE DE 2.005.-
195º Y 146º

Por recibida, la actuación No 1U-016-01, Constante de cuatro (04) pieza, la primera de (247) folios, la segunda de (207)folios, la tercera de (213) folios y la cuarta de (173) folios , que suman un total de (840) folios útiles, emanada del Tribunal Primero en Función de Juicio de la Sección Adolescentes Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, seguida a los adolescentes (IDENTIDAD QUE SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÌCULO 65, PARÀGRAFO 2do. DE LA LOPNA) , en donde se encuentra definitivamente firme la sentencia sancionatoria en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 460 y 278 del Código Penal antes de la Reforma y sancionado a cumplir dos (02) años la medida de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 620 literales “d” y “b” respectivamente y (IDENTIDAD QUE SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÌCULO 65, PARÀGRAFO 2do. DE LA LOPNA), a cumplir la medida de AMONESTACION Y REGLAS DE CONDUCTAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 620 literales “a” y “b” respectivamente de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- Se procede en este día a darle entrada y anotarse en el libro de causas correspondiente. Notifíquese a la Defensa y al Fiscal del Ministerio Público. Téngase para Decidir.- Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN



ABG. NELVA VALECILLOS ALVARADO

LA SECRETARIA,

ABG. PROSPERA HERNANDEZ

En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 1E-141-05.-

(Sctría).-

CAUSA N° 1E-141-05.
NVA/cg.-