REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES

195º y 146º

San Carlos, 14 Octubre de 2005


CAUSA Nº: 2C-12.760-05
JUEZ DE CONTROL: MANUEL PEREZ URBINA
SECRETARIO DE CONTROL: NESTOR GUTIERREZ.
FISCAL II: GILDA SEQUERA YEPEZ
VICTIMA: ELAINE LISBETH SUAREZ.
IMPUTADO: POR IDENTIFICAR
DELITO: HURTO
EXPEDIENTE FISCAL: 2.154-99

Le corresponde a este Tribunal decidir acerca del sobreseimiento de la presente causa signada con el Nº 2C-12.760-05, seguida al ciudadano: POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de HURTO, en perjuicio del ciudadano: ELAINE LISBETH SUAREZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 11.964.802, residenciado en Apartaderos, Calle Miranda Cajobal, casa N° 43, Estado Cojedes, previa solicitud interpuesta por el Fiscal Segundo del Ministerio Publico, Abg. Gilda Sequera Yépez.
HECHOS

El ciudadano: ELAINE LISBETH SUAREZ, manifiesta los siguientes hechos: “comparezco por ante este despacho como la encargada de la administración de la granja Monte Alegre, para denunciar que personas desconocidas se llevaron un arranque de una planta eléctrica, propiedad de la granja Monte Alegre. Es todo”

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Una vez revisadas las actas que conforman el presente expediente, se vislumbra que los hechos se producen en fecha 11-10-1999, habiendo transcurrido hasta la actual data 30-09-2005, cinco (5) años, once (11) meses y diecinueve (19) días, y como quiera que vista la fecha en que ocurrió el hecho por el delito de HURTO, tiene asignada una pena de seis (6) meses a tres (3) años y en virtud de lo dispuesto en el articulo 108 ordinal 5° del Código Penal, ha operado la prescripción de la acción penal; es por ello que en el presente caso el Fiscal Segundo del Ministerio Publico, solicita EL SOBRESEIMIENTO de la causa, con fundamento en el articulo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, 108 ordinal 5° del Código Penal y el 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia, Segundo en Funciones de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA A FAVOR DEL CIUDADANO: POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de HURTO, en perjuicio de: ELAINE LISBETH SUAREZ, con fundamento legal en el Art. 318, Ord. 3º del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado con el articulo 323 ejusdem, por cuanto no es necesario el debate para comprobar el motivo de la solicitud Fiscal. Así se decide. NOTIFIQUESE A LAS PARTES ESTA DECISION. UNA VEZ PRECLUIDA LA OPORTUNIDAD PARA LA APELACION REMITANSE LAS PRESENTES ACTUACIONES AL ARCHIVO CENTRAL. Cúmplase.