REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS, RÓMULO GALLEGOS, TINACO, FALCÓN, ANZOATEGUI, EL PAO Y LIMA BLANCO
Visto el Oficio N° 391 de fecha diecisiete (17) de Octubre del presente año y recibido en fecha 11 del presente mes y año, remitido a este Tribunal por el Juzgado Comitente en el cual informo a este Órgano Ejecutor de Medidas que: en fecha 11 de Octubre del Presente año Homologo la Transacción celebrada entre las partes y suspendió la Medida de Embargo Preventivo decretada en fecha 09 de Agosto del mismo año, solicitando en tal sentido se remita la Comisión en el estado que se encuentra; este Tribunal en consecuencia, resuelve remitirle a ese Juzgado comitente, la presente comisión EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA (SIN CUMPLIR) mediante oficio. Librese oficio y Cúmplase.-