REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO AGRARIO
DE LOS ESTADOS ARAGUA, CARABOBO Y COJEDES.-
San Carlos, 18 de Noviembre de 2005.-
195° y 146°.-
Recibidas como han sido las presentes actuaciones, provenientes del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante oficio N° 590, de fecha 15 de junio de 2005, contentivo de una pieza constante de ciento setenta (179) folios, dada la apelación interpuesta por el profesional del derecho VICTOR RIOBUENO ZAMBRANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en el juicio de INTERDICTO RESTITUTORIO seguido por las ciudadanas ANA MERCEDES, MARÍA CATALINA, ANITA, MARÍA MARGARITA y ROSA MARÍA HERNÁNDEZ MONTAÑEZ contra el ciudadano MIGUEL ANTONIO CORDOVA, en consecuencia este Tribunal le da entrada a las mismas. Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos y asígnesele el número de orden. Asimismo, observa esta Superioridad que desde el día en que el A-quo oyó la apelación en fecha 06 de junio de 2005, hasta el día que se recibió en este Despacho 17 de Noviembre de 2005, han transcurrido mas de treinta (30) días calendario, es por lo que se acuerda la notificación de las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, concediéndose un lapso de diez (10) días de Despachos siguientes, después de la constancia en actas de la última notificación, para la reanudación de la causa y una vez transcurrido dicho lapso, se fijará el término que prevé el Artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.-
El Juez;
Abog. DOUGLAS A. GRANADILLO P.
La Secretaria;
Abog. MARIA CRISTINA CAMARGO R.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria;
Abog. MARIA CRISTINA CAMARGO R.
Expediente N°:__572-05_.-
DGP/inmayeli A.-