REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION EN REGIMEN TRANSITORIO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA


ASUNTO N° KP02-L-2003-416

PARTE ACTORA: CESAR AUGUSTO ROMAN FUENTES venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.768.975

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CARLOS SANCHEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 50.093

PARTE DEMANDADA: PROMOTORA 17-70 C.A

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARCOS RODRIGUEZ, inscritos en el inpreabogado bajo el N° 53.291

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, diescisiete (17) de mayo del 2004, siendo las 09:00 a.m se dio inicio a la audiencia preliminar fijada; compareciendo por la parte actora el trabajador CESAR AUGUSTO ROMAN FUENTES y su apoderado CARLOS SANCHEZ, y por la demandada el ciudadano JOHNNY DANIEL GONZALEZ OLIVERA titular de la cedula de identidad N° 3.753.068 en su condición de dueño de la empresa demandada con su abogado MARCOS RODRIGUEZ, todos identificados arriba. Dandose inicio a la presente audiencia. La representación patronal manifiesta que insiste en la prescripción que alegara en la sesión pasada del 28-04-2004 pero a los fines de dar por terminada la demanda instaurada contra mi representado ofrezco pagar al trabajador la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 500.000,00) cantidad esta que ofrezco cancelar en el día de hoy, a las 3:00 p.m por ante este Tribunal. Seguidamente el trabajador con su representación señala estar conforme y aceptar el pago ofertado. Las partes de común solicitan a la Juez se homologue el presente acuerdo conforme a lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y una vez verificado el pago ofrecido se cierre el presente expediente y ordene su deposito. La Juez oídas la exposición de las partes y habida cuenta que la MEDIACIÓN resultó psitiva, le imparte la debida homologación al presente acuerdo. Asi mismo ordena que verificado el pago al trabajador se de por terminado la presente causa y se proceda al deposito judicial del expediente. De igual forma se ordena devolver a las partes sus respectivos escritos de pruebas. Es todo. Término se leyó y conforme firman.

LA JUEZ,


ABOG. EUGENIA MARIA ESPINOZA




LAS PARTES COMPARECIENTES,







LA SECRETARIA,


ABG. YRAIMA BETANCOURT